Informamos
a todos los Guías de la Ciudad de Buenos Aires los artículos de la Ley 4977 que
están relacionados directamente con nuestra actividad:
Artículo
137.- A los fines de la presente Ley, los guías de turismo que en tal carácter
presten sus servicios durante las visitas guiadas que se desarrollen en los
cementerios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán presentar
por ante la Autoridad de Aplicación su
inscripción en el Registro de Guías de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y acreditar el cumplimiento de los requisitos
contemplados en el marco normativo vigente para la actividad.
Artículo
138.- Determínase
que, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el artículo 137 de la
presente Ley, los guías de turismo que presten sus servicios en el ámbito de
los cementerios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizar
unacapacitación
especial, la que será impartida por la Autoridad de Aplicación en
el modo y forma que establezca la reglamentación de la presente Ley.
Artículo
139.- Creáse
el Fondo de Garantía Turística de los Cementerios de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires el que se integrará con el pago de las contribuciones que deberá realizar cada
turista en concepto de visita guiada, cuyo valor y su
modalidad de recaudación será establecido en la Ley Tarifaria vigente al
momento de efectivizar el mismo, como así también por el producido de las
ventas de libros, posters, postales, y/o cualquier otro material de promoción.
Debido
a que el Ente de Turismo todavia no emitió las credenciales de todos los Guías
registrados, se están comenzando a implementar controles provisorios para
comenzar a cumplimentar lo que la ley de cementerios establece.
Al
momento de ingresar al cementerio con sus grupos, se solicitará a los Guías que
completen un formulario/ficha con sus datos personales.
El
listado de aquellos Guías que ya hayan pasado por este control se entregará al
personal de seguridad del cementerio para que en las visitas sucesivas no sea
necesario repetir el proceso; sólo indicando su nombre y verificando que
conste en el listado será suficiente.
La
credencial de AGuitba se toma como válida para dicho proceso, aunque de
todos modos tengan que completar los datos la primera vez.
Para
evitar incomodar e interrumpir tours con este control, invitamos a todos los
Guías a acercarse al cementerio a completar el formulario en el momento que
tengan disponible. Pueden hacerlo de lunes a viernes, de 9 a 17hs, en el
Departamento histórico, artístico y visitas guiadas, que se encuentra en el
gabinete frente a la capilla de ingreso al cementerio.
Relacionado
al Art 139 y el arancel de entrada para turistas extranjeros, al momento
que se establezcan los valores se hará la difusión correpondiente para que las
agencias de viajes estén informadas y puedan preveerlo en sus excursiones.
SOLO A UN IMPUESTADOR SERIAL COMO MACRI SE LE OCURRE COBRAR A TURISTAS POR VISITAR EL CEMENTERIO
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